El Gobierno boliviano dispuso la intervención temporal de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) por un plazo de hasta 180 días, como respuesta a las deficiencias detectadas en la cadena logística de importación y distribución de carburantes. La medida fue establecida con el propósito de mejorar el abastecimiento y reducir los riesgos vinculados con la seguridad energética del país.
La decisión quedó formalizada mediante el Decreto Supremo 5697, aprobado el 1 de septiembre de 2026, norma que además crea una Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria encargada de supervisar y evaluar la gestión de la estatal petrolera durante el periodo fijado. El plazo podrá ampliarse una sola vez por hasta 90 días adicionales, siempre que persistan las causas que motivaron la intervención.
La comisión estará integrada por representantes de los ministerios de Economía, Producción, Hidrocarburos y Obras Públicas, además del Viceministerio de Transparencia. Su trabajo se centrará en el control de la comercialización, la logística y la trazabilidad de los combustibles, con facultades para recomendar auditorías sobre los procesos de importación, adquisición, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de carburantes.
Entre sus atribuciones también figura la identificación de posibles redes de contrabando, desvío o acopio irregular, así como la determinación de responsabilidades del personal involucrado cuando corresponda. El decreto prevé, además, que la comisión evalúe decisiones y operaciones que hayan afectado el abastecimiento, la seguridad energética o los recursos del Estado, y contempla la posibilidad de incorporar especialistas y disponer la remoción de personal si fuera necesario.
En caso de que las auditorías revelen posibles responsabilidades, los informes podrán ser remitidos a la Contraloría, el Ministerio Público, la Procuraduría y otras instancias competentes. No obstante, la norma aclara que la intervención no implica la desaparición de YPFB ni modifica su naturaleza jurídica o su estructura institucional.
La medida podrá concluir antes del plazo establecido si se superan las causas que la originaron. Además, y en cumplimiento de la política de austeridad, no requerirá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación.

