El Tribunal Constitucional Plurinacional ha declarado nula la convocatoria y la sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional que tuvo lugar el 6 de junio de 2024, bajo la presidencia de Andrónico Rodríguez. En esta sesión se aprobaron el cese de magistrados prorrogados, una ley de amnistía e indulto, así como un contrato de préstamo por 176 millones de dólares. Sin embargo, la nulidad afecta únicamente a la ley 075 relacionada con el cese de magistrados, mientras que las otras disposiciones mantienen su validez.
La decisión fue firmada el 27 de diciembre de 2024 por cinco de los nueve magistrados, pero su divulgación y notificación se realizó recientemente. El recurso de nulidad fue interpuesto por el diputado Juan José Jáuregui, quien cuestionó la legalidad de la convocatoria a la séptima sesión de la Asamblea Legislativa, que se llevó a cabo el 5 de junio, argumentando que Andrónico Rodríguez había excedido sus funciones como presidente del Senado.
En su resolución, el Tribunal Constitucional argumenta que Rodríguez usurpó funciones que corresponden al presidente nato de la Asamblea Legislativa al convocar a dicha sesión. Por esta razón, se ha decidido dar lugar al recurso de nulidad presentado.
La sentencia establece que se anula la convocatoria del 5 de junio de 2024 y todos los actos que derivaron de ella, salvo algunas excepciones. A pesar de esto, se reconoce la validez de la resolución 07/2023-2024 del 6 de junio, que ratifica el decreto presidencial 5137, el cual concede amnistía e indulto por razones humanitarias, así como la ley que aprueba la Adenda 1 al contrato de préstamo CFA 9545, destinado a financiar el proyecto de construcción de la doble vía Caracollo-Colomi, en el tramo 2B Confital-Bombeo, firmado entre el Estado boliviano y la Corporación Andina de Fomento.
Finalmente, se señala que los magistrados Paul Franco, Brígida Celia Vargas, Georgina Amusquivar y Petronilo Flores no firmaron el fallo, ya que no participaron en el conocimiento del caso