Una nueva legislación, aprobada por la Cámara de Diputados el pasado miércoles 3 de septiembre, establece un conjunto de obligaciones para las empresas prestadoras de servicios de telecomunicación. La normativa busca fortalecer las investigaciones en casos de violencia contra menores de edad, exigiendo a estas compañías la entrega de información relevante.
En concreto, la disposición legal, que entrará en vigor esta semana, manda a las entidades, tanto públicas como privadas, que operan en el sector de las telecomunicaciones y tecnologías de la información, a suministrar cualquier dato o documento requerido por la autoridad competente en un lapso de veinticuatro horas. Este requerimiento se hará con el propósito de avanzar en las pesquisas relacionadas con los ilícitos contemplados en la ley.
Durante el proceso de debate parlamentario, surgieron propuestas para modificar la redacción de uno de los artículos clave, compuesto por dos párrafos. Sin embargo, tales enmiendas fueron desestimadas por la mayoría de los legisladores, quienes argumentaron que cualquier alteración podría haber demorado la promulgación de la ley al requerir una nueva revisión en la Asamblea, optándose así por conservar el texto original.
Adicionalmente, la legislación impone a estas mismas empresas la obligación de preservar, por un mínimo de dos años, la información y los metadatos derivados de las comunicaciones. Esto incluye elementos como el protocolo de internet, la ubicación geográfica de origen, la frecuencia de las comunicaciones y los historiales de navegación, entre otros datos técnicos esenciales.
Desde la Fiscalía General se ha precisado que el alcance de este artículo no se extiende a los medios de comunicación ni a los profesionales del periodismo. La obligación de retención y suministro de datos recae exclusivamente sobre las compañías de telecomunicaciones y los proveedores de servicios de internet, dado su rol en la administración de las conexiones, las direcciones IP y los registros técnicos necesarios para la identificación de posibles agresores en el ámbito digital. Se enfatizó que la prensa mantiene su plena libertad y la protección constitucional inherente a su labor informativa, y que la ley no interfiere con la actividad periodística ni restringe la libertad de expresión.
El objetivo primordial de la entrega de estos datos a las instancias judiciales y fiscales es proporcionar herramientas cruciales para la investigación de crímenes contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes, especialmente aquellos perpetrados mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación. La legisladora que impulsó la iniciativa expresó su satisfacción por la aprobación de la norma, un sentimiento compartido por el Fiscal General, destacando ambos la importancia de la nueva legislación en la protección de la infancia