El presidente de la Sala Constitucional Tercera de El Alto, Ricardo Guisbely Limachi, rechazó la tutela interpuesta por el abogado Wilmer Vásquez en contra del Decreto Supremo 5515, el cual autoriza al presidente Rodrigo Paz a gobernar de manera remota. Esta decisión implica que se debe esperar la resolución que emita el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en Sucre, donde se encuentran pendientes dos demandas de inconstitucionalidad relacionadas con esta norma.
Durante la lectura de su resolución, el vocal explicó que la tutela fue negada debido a la improcedencia del recurso por sustracción de objeto, sin entrar al análisis de fondo del decreto en cuestión, fechado el 29 de diciembre de 2025.
Wilmer Vásquez había presentado previamente un recurso de acción popular contra dos decretos supremos: el 5503, cuyo trámite se llevó a cabo en Santa Cruz y también fue rechazado, y posteriormente el 5515, que fue objeto de esta segunda acción popular igualmente desestimada. En ambas ocasiones, se indicó que la acción popular no era el mecanismo procesal adecuado para cuestionar estos decretos.
El magistrado aclaró que la acción popular es una garantía constitucional orientada a proteger derechos colectivos y difusos frente a actos u omisiones que los vulneren, pero no es procedente para dejar sin efecto normas generales como el decreto 5515. Por esta razón, el recurso presentado por Vásquez no pudo prosperar.
Mientras las salas constitucionales de La Paz y Santa Cruz han desestimado las acciones populares, la atención se centra ahora en el Tribunal Constitucional Plurinacional, donde permanecen dos demandas de inconstitucionalidad sobre el decreto. Sin embargo, la operatividad del TCP está limitada debido a la falta de quórum, ya que solo cuenta con cuatro magistrados, lo que impide la realización de sesiones de sala plena

