El presidente Rodrigo Paz emitió el Decreto Supremo 5519, mediante el cual ordena a la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (AGETIC) la creación de la Oficina Virtual del Presidente y del Consejo de Ministros, denominada “Despacho Virtual del Presidente”, que funcionará como un canal oficial de comunicación tecnológica.
Este decreto incluye modificaciones al Decreto Supremo N° 2514, de 2015, y su actualización de 2019, ampliando las responsabilidades de la AGETIC. Entre las nuevas funciones asignadas, destaca la implementación de esta oficina virtual, que debe contar con soporte técnico permanente, asistencia tecnológica dinámica, cifrado y altos estándares de seguridad para garantizar la confidencialidad de la información estatal.
Además, la AGETIC tendrá la tarea de brindar soporte técnico al Centro de Gobierno (CENGOB), facilitando el desarrollo de herramientas tecnológicas que permitan el seguimiento y monitoreo de las prioridades del Estado central mediante sistemas de visualización, indicadores y alertas tempranas, entre otros recursos.
Por otra parte, el Decreto Supremo N° 5515, aprobado recientemente, establece que el presidente debe ejercer sus funciones mediante medios tecnológicos de comunicación cuando se encuentre temporalmente fuera del país. Esta medida ha generado controversia entre legisladores, quienes cuestionan su constitucionalidad y la interpretan como un intento de limitar la sucesión presidencial, afectando al vicepresidente Edmand Lara.
El decreto también instruye al Ministerio de la Presidencia, en coordinación con la AGETIC, a establecer en un plazo máximo de diez días los canales tecnológicos oficiales para garantizar el cumplimiento de esta normativa. En los fundamentos de la norma se señala que organismos multilaterales y otros Estados ya utilizan reuniones virtuales con validez legal y diplomática, por lo que Bolivia debe avanzar en la modernización tecnológica para fortalecer un Gobierno Electrónico transversal y consolidar un Estado Plurinacional digital.
Asimismo, se prevé la implementación de oficinas virtuales en diversas entidades del nivel central del Estado, como canales oficiales de comunicación tecnológica, según la demanda institucional.
El decreto también dispone el cierre de la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (ADSIB), que hasta ahora dependía de la Vicepresidencia, trasladando sus funciones a la AGETIC. Entre las responsabilidades transferidas se encuentran la administración del Repositorio Estatal de Software Libre y la gestión y registro de nombres de dominio con la extensión “.bo”, entre otras tareas vinculadas al desarrollo tecnológico estatal

