La promulgación del Decreto Supremo 5515 ha generado un amplio debate entre figuras políticas y expertos en derecho constitucional. Esta normativa, firmada por el presidente Rodrigo Paz Pereira, introduce modificaciones en la estructura del Órgano Ejecutivo y permite que el mandatario ejerza temporalmente sus atribuciones desde el extranjero, empleando medios tecnológicos para la comunicación. La medida fue oficializada en un Consejo de Ministros a finales de diciembre de 2025.
Diversas voces han expresado sus posturas respecto a esta disposición. Algunos valoran la iniciativa como un mecanismo innovador para el ejercicio del poder en la era digital, mientras que otros advierten que podría contravenir principios establecidos en la Constitución.
Eduardo Rodríguez Veltzé, expresidente, enfatizó la importancia de la coordinación entre los órganos de poder público y el respeto a los principios constitucionales por encima de diferencias políticas o personales. Señaló que la escalada de conflictos entre presidente y vicepresidente mediante acciones de cuestionada constitucionalidad resulta inapropiada y demanda mayor responsabilidad en la función pública.
Desde una perspectiva analítica, Franco Gamboa explicó que el decreto no implica una delegación total del poder presidencial al vicepresidente durante la ausencia física del presidente. Según su interpretación, la norma fortalece la continuidad del mando presidencial incluso cuando el mandatario se encuentra fuera del país, siempre que utilice medios tecnológicos para ejercer sus funciones. En este sentido, el vicepresidente no asume automáticamente funciones ejecutivas plenas, salvo que el presidente lo autorice expresamente y bajo condiciones específicas, como la imposibilidad real de comunicación tecnológica y una instrucción detallada y escrita. Gamboa destacó que el vicepresidente debe limitarse a ejecutar las acciones indicadas sin margen para reinterpretar o innovar, actuando en coordinación con el Ministro de la Presidencia. Además, atribuyó la medida a tensiones políticas internas, particularmente a la actitud del vicepresidente Edmand Lara, quien, según el analista, ha intentado generar inestabilidad.
Por su parte, Gonzalo Barrientos, exdiputado, consideró que el decreto refleja las tensiones existentes dentro del Órgano Ejecutivo, vinculadas a las discrepancias entre el presidente y el vicepresidente. Calificó esta normativa como una disposición inédita que podría ser objeto de análisis en la historia democrática del país.
El exministro Freddy Alejandro Vidovic Falch expresó su preocupación por la posible inconstitucionalidad del decreto, señalando que reduce las atribuciones constitucionales del vicepresidente y transfiere competencias a una autoridad sin legitimidad democrática directa, en este caso el Ministro de la Presidencia. Según Vidovic, esta redistribución altera el equilibrio institucional previsto en la Constitución y podría debilitar al propio presidente al concentrar el poder en una figura no electa.
Finalmente, el senador Leonardo Roca calificó la situación como una cuestión de extrema gravedad institucional, advirtiendo que el decreto presenta serias dudas desde el punto de vista constitucional.
En conjunto, estas opiniones reflejan un panorama de controversia sobre la aplicación y alcance del Decreto Supremo 5515, evidenciando tensiones políticas y cuestionamientos legales en torno a la organización y funcionamiento del Ejecutivo

