El Tribunal Constitucional Plurinacional ha decidido aceptar el recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Luis Fernando Camacho en relación con el delito de “terrorismo”. Esta resolución significa que el proceso judicial en el caso conocido como Golpe de Estado I se detendrá temporalmente mientras el tribunal evalúa la legalidad de la normativa pertinente.

El tribunal ha indicado que se admite la acción de inconstitucionalidad presentada por Camacho, quien argumenta que el artículo 133 del Código Penal podría contradecir varios principios establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La defensa de Camacho argumenta que la definición de terrorismo en la legislación vigente es ambigua y susceptible de interpretaciones subjetivas, lo que podría derivar en abusos y poner en riesgo derechos fundamentales. Este mismo recurso había sido sometido anteriormente en 2024 al Tribunal de Sentencia Penal Sexto de La Paz, donde fue desestimado.

No obstante, el Tribunal Constitucional ha revocado esa decisión anterior y ha solicitado al vicepresidente David Choquehuanca, en su calidad de representante del órgano que propuso la norma impugnada, que presente sus alegatos en un plazo de quince días tras recibir la notificación legal correspondiente.

Con esta resolución, el juicio contra Camacho, que se había iniciado a instancias de la Fiscalía, el Ministerio de Gobierno y la diputada Lidia Patty, queda en suspenso hasta que se determine la constitucionalidad del artículo en cuestión

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