El Gobierno boliviano ha puesto en marcha un decreto presidencial destinado a mitigar la severa sobrepoblación en los centros penitenciarios del país, una situación que, según evaluaciones recientes, supera el 105% de su capacidad. La medida busca conceder indultos a personas privadas de libertad que cumplen con ciertos criterios, enfocándose en delitos de menor gravedad.

El presidente del Estado Plurinacional, Luis Arce, confirmó la entrada en vigor de esta normativa, identificada como Decreto Presidencial 5460. Este instrumento legal, rubricado por su administración en septiembre, recibió la aprobación formal de la Asamblea Legislativa Plurinacional en el transcurso de este mes. El mandatario subrayó la importancia de la disposición, detallando que establece las condiciones, requisitos y el procedimiento para la concesión de dichos indultos.

La aplicabilidad del decreto se extiende a aquellos individuos que, al momento de su publicación o durante su vigencia de un año, cuenten con una sentencia condenatoria definitiva. La iniciativa pretende aliviar la congestión carcelaria, considerando el elevado número de internos que aún aguardan la revisión de sus procesos judiciales.

Los beneficios de indulto se otorgarán bajo criterios específicos:
* Personas con sentencias definitivas iguales o inferiores a diez años podrán acceder al indulto sin necesidad de haber cumplido una porción de su condena.
* Para quienes tienen sentencias iguales o menores a doce años, se requiere haber cumplido al menos una tercera parte de la pena.
* En el caso de condenas iguales o inferiores a quince años, se exige haber cumplido la mitad de la sentencia.

No obstante, la normativa establece claras exclusiones. El indulto no será aplicable a delitos que no admiten este beneficio, incluyendo aquellos en grado de tentativa o cualquier tipo de participación. Tampoco podrán beneficiarse quienes hayan sido objeto de amnistías o indultos en los cinco años previos a la entrada en vigor del presente decreto.

Asimismo, la medida no abarca crímenes de alta gravedad como genocidio, terrorismo, asesinato, homicidio, parricidio, feminicidio, infanticidio, trata de personas, corrupción, secuestro, tráfico ilícito de armas, acoso y violencia política. Quedan excluidos también los casos donde las víctimas sean menores de edad o personas con discapacidad, entre otras categorías sensibles.

La situación de las cárceles bolivianas fue objeto de un informe presentado a finales de septiembre por una institución de derechos humanos, que puso de manifiesto la crítica sobrepoblación. Hasta julio pasado, se registraban más de 33.000 personas privadas de libertad. El documento identificó el uso excesivo de la detención preventiva como uno de los principales factores de esta problemática, señalando que el 55.9% de los reclusos se encuentran en prisión sin haber recibido aún una sentencia condenatoria. Ante este panorama, la entidad propuso limitar la aplicación de la detención preventiva y otras acciones urgentes para abordar la crisis

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