Las investigaciones en torno al caso conocido como ‘maletas’ han experimentado un avance significativo tras la declaración del exfuncionario de la Aduana Nacional, Álvaro Alejandro Barbery Guzmán, quien aportó detalles cruciales sobre los hechos ocurridos en el aeropuerto internacional de Viru Viru. Barbery, que se presentó ante la Fiscalía en calidad de testigo, reveló que junto a otros cuatro excolegas solicitaron formalmente a la Dirección Jurídica que se activara una denuncia por el arribo irregular de más de 30 valijas, un procedimiento que no se ejecutó oportunamente.

Este caso involucra cargos graves como tráfico de sustancias controladas, confabulación y asociación delictuosa, por los cuales permanecen detenidos el juez Hebert Zeballos Domínguez y la exdiputada Laura Rojas Ayala en la cárcel de Palmasola. La declaración de Barbery ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn) aporta una versión detallada sobre las acciones y omisiones que rodearon el incidente, y coloca bajo escrutinio a figuras clave dentro de la estructura aduanera.

Según el testimonio al que tuvo acceso EL DEBER, Barbery sostuvo que fue él quien alertó sobre la llegada del vuelo chárter procedente de Miami el 29 de noviembre de 2025. Este vuelo transportaba a Laura Rojas acompañada por 32 maletas y portando un pasaporte diplomático. Los funcionarios encargados elaboraron entonces un informe dirigido al jefe del aeropuerto, indicando que 31 maletas quedaron abandonadas en la pista luego del aterrizaje. Al día siguiente, estas maletas fueron reclamadas por Rojas, quien utilizó su pasaporte diplomático para evadir los controles correspondientes.

El informe elaborado fue remitido a la superioridad inmediata y posteriormente a Mónica Andrea Castro Torrez, quien era en ese momento gerente regional de la Aduana y actualmente funge como jefa de la Unidad Jurídica en Santa Cruz. Según Barbery, Castro Torrez tenía la responsabilidad institucional de activar una denuncia formal ante el Ministerio Público conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Aduanas y el artículo 286 del Código Penal. Sin embargo, esta acción no fue llevada a cabo.

Barbery enfatizó que los técnicos operativos no cuentan con facultades para verificar pasaportes diplomáticos ni para gestionar directamente con Cancillería; esas competencias están reservadas para las autoridades jerárquicas. Su función era informar lo sucedido, lo cual asegura haber cumplido cabalmente. Además, negó cualquier contacto directo con las maletas durante su retiro del aeropuerto y explicó que en ese momento se encontraba fuera comprando almuerzo para él y sus colegas investigados, respaldo que presentó mediante comprobantes electrónicos y transferencias bancarias.

El exfuncionario también cuestionó su destitución por parte de la Aduana Nacional al señalar que no se le abrió ningún proceso administrativo interno previo para determinar responsabilidades funcionales, lo cual considera un acto irregular dentro del procedimiento disciplinario.

La defensa legal de Barbery y los otros exfuncionarios sostiene estos argumentos con base en una declaración informativa brindada por Mónica Andrea Castro Torrez ante la Fiscalía. En ella, Castro admitió haber sido informada sobre el arribo del vuelo chárter y recomendó aplicar controles aduaneros y elevar el asunto a la Gerencia Nacional de Operaciones Aduaneras. Este reconocimiento evidencia que las autoridades superiores tenían conocimiento previo sobre las irregularidades pero no actuaron conforme a los mecanismos legales establecidos.

Para Joadel Bravo, abogado defensor de Barbery, este testimonio representa una prueba relevante dentro del proceso judicial abierto por las presuntas irregularidades relacionadas con las más de 30 maletas arribadas al aeropuerto Viru Viru. Según Bravo, queda demostrado que existió plena conciencia por parte de las autoridades jerárquicas acerca del incidente y que los funcionarios subalternos cumplieron con su deber al comunicar inmediatamente los hechos a sus superiores.

No obstante, llama la atención que pese a esta alerta temprana no se haya ordenado una inspección rigurosa del equipaje ni se haya presentado una denuncia formal ante el Ministerio Público. El abogado subraya además que conforme al artículo 286 del Código Penal es obligación legal de los funcionarios públicos con competencia jerárquica denunciar cualquier hecho ilícito; por tanto, considera injusto atribuir responsabilidades penales a los funcionarios técnicos cuya función se limitó estrictamente a informar.

Los informes elaborados por estos técnicos establecieron claramente que las maletas fueron catalogadas como rezagadas tras quedar abandonadas en pista después del aterrizaje y precisaron además que cualquier procedimiento inspeccionador debía realizarse en presencia directa de la propietaria del equipaje para cumplir con las normativas vigentes.

En este contexto judicial complejo continúa desarrollándose la etapa preliminar del caso ‘maletas’. Paralelamente crecen las críticas respecto a una posible focalización excesiva en funcionarios de menor rango mientras podrían estar pasando desapercibidas omisiones o responsabilidades en niveles jerárquicos superiores dentro de la Aduana Nacional. La situación plantea interrogantes importantes sobre cómo se están aplicando los protocolos internos y legales frente a casos sensibles relacionados con presuntos ilícitos aduaneros y tráfico ilícito en puntos estratégicos como el aeropuerto internacional Viru Viru.

En definitiva, este proceso pone bajo lupa no solo prácticas administrativas sino también aspectos fundamentales relacionados con el cumplimiento efectivo del marco normativo vigente para garantizar transparencia e integridad institucional dentro del sistema aduanero nacional. La evolución futura de esta investigación será clave para esclarecer responsabilidades reales e implementar medidas correctivas necesarias para evitar situaciones similares que comprometan tanto la seguridad fronteriza como el correcto funcionamiento institucional

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