De las 74 candidaturas habilitadas para gobernaciones, solo ocho corresponden a mujeres, representando apenas el 10,81%, mientras que los hombres constituyen el 89,19% restante con 66 postulantes. Esta desigualdad se refleja también en las postulaciones para alcaldías de ciudades capitales, donde de 108 candidaturas aprobadas, únicamente 10 son femeninas, lo que equivale al 9,26%, frente a un 90,74% de candidatos masculinos.
Estos datos, publicados el 11 de enero por el Órgano Electoral Plurinacional, evidencian una significativa brecha en la participación política de las mujeres, afectando el pleno ejercicio de sus derechos políticos. Ante esta realidad, la Defensoría del Pueblo expresó su preocupación por la escasa representación femenina en las listas oficiales para las elecciones subnacionales de 2026.
La institución recordó que la Constitución Política del Estado garantiza la igualdad de condiciones entre hombres y mujeres en la participación política, un principio que también está respaldado por la Ley 026 del Régimen Electoral, la cual establece la obligatoriedad de la paridad y alternancia en las candidaturas. La Defensoría considera que las cifras actuales reflejan un incumplimiento de estas normativas.
A nivel internacional, esta situación contraviene los compromisos asumidos por el Estado en el marco de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. En octubre de 2024, un comité internacional vinculó a esta convención recomendó a los países implementar la paridad como un estándar mínimo en todos los espacios de toma de decisiones, además de exigir transparencia en los procesos de postulación y sanciones efectivas ante incumplimientos.
En este contexto, la Defensoría del Pueblo hizo un llamado a los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y alianzas a corregir estas desigualdades durante el período de sustitución de candidaturas, que se extiende hasta el 5 de febrero de 2026. Este plazo permite incorporar mujeres en cargos titulares, en cumplimiento estricto del artículo 38, parágrafo IV, del Reglamento de Inscripción.
Este llamado coincide con el calendario oficial establecido por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para la sustitución de candidaturas inhabilitadas por incumplimiento de requisitos, que comprende del 12 de enero al 5 de febrero de 2026 y es de carácter obligatorio. Dicha medida fue adoptada tras la publicación de las listas oficiales de habilitados e inhabilitados por parte del TSE y los Tribunales Electorales Departamentales.
Las cifras oficiales muestran que más de 26.000 postulantes fueron descartados de un total aproximado de 34.000 inscritos, generando una oportunidad excepcional para la regularización de las listas. El TSE calificó este plazo como “prudente y razonable”, enfatizando que es inaplazable y que no se admitirán nuevas sustituciones después de su vencimiento.
Finalmente, la Defensoría instó al TSE a ejercer su función como garante de una democracia intercultural y con perspectiva de género, asegurando que ninguna lista de sustitución sea aceptada sin cumplir con los criterios de paridad vertical y horizontal establecidos en el marco constitucional vigente

