A pesar de las estrictas penas para el feminicidio, tipificado con una sentencia de 30 años bajo la Ley 348 promulgada en 2013, persiste un vacío legislativo crucial en cuanto a la protección integral de los niños y niñas huérfanos por estos crímenes. La ausencia de una ley nacional que complemente el castigo a los perpetradores con medidas de asistencia para las víctimas indirectas ha llevado a la proliferación de iniciativas departamentales y municipales, muchas de las cuales aún no se implementan y corren el riesgo de generar mayor burocracia.
A lo largo de la última década, diversas propuestas para establecer un sistema de apoyo nacional han quedado estancadas. En julio de 2019, la Defensoría del Pueblo presentó una primera propuesta formal de ley de medidas de asistencia estatal integral para los hijos de víctimas de feminicidio. Este borrador contemplaba el pago de un bono, incentivos para evitar la deserción escolar, la asignación de becas universitarias y asistencia terapéutica. Para las familias ampliadas que asumieran la custodia, se preveía la distribución de canastas alimentarias, inamovilidad laboral y reducción de costos en servicios básicos e impuestos hasta la mayoría de edad de los huérfanos. Aunque en 2021 se confirmó la predisposición del Ministerio de Economía y hubo insistencia ante la Asamblea Legislativa Plurinacional, la iniciativa nunca llegó a votación. Adicionalmente, la propuesta incluía la creación de un registro público nacional de estos menores, una medida que también ha quedado postergada.
Más recientemente, en abril de 2024, una coalición de aproximadamente 40 instituciones, agrupadas en la Alianza por los Huérfanos de Feminicidio, entregó a la Cámara de Diputados un proyecto denominado “Protección integral y reparación para hijas e hijos víctimas de feminicidios”. Esta redacción proponía un bono equivalente al 20% del salario mínimo nacional, atención médica y terapéutica gratuita, acceso garantizado a escuelas y universidades, y priorización en programas de vivienda social. A pesar de contar con una carta que certifica su aprobación por la comisión correspondiente y su entrega en el despacho del entonces presidente de Diputados, Israel Huaytari, el proyecto no fue agendado para ser tratado en el pleno. El reglamento legislativo establece que un proyecto no abordado en un periodo legislativo debe reiniciar su trámite desde la comisión.
A nivel subnacional, la situación no es menos compleja. Ninguno de los nueve departamentos del país cuenta actualmente con leyes vigentes que provean algún tipo de asistencia específica a esta población vulnerable. En Tarija, por ejemplo, la Gobernación ha estado trabajando en una redacción durante meses, pero esta aún no ha sido ingresada a la Asamblea Legislativa Departamental para su aprobación.
Frente a la lentitud en el ámbito nacional, la Defensoría del Pueblo ha impulsado la aprobación de leyes municipales. Hasta la fecha, 40 municipios han logrado promulgar normativas al respecto. Sin embargo, considerando que Bolivia tiene un total de 342 municipios, esto significa que la mayoría de los huérfanos por feminicidio continúan en situación de vulnerabilidad. En otras jurisdicciones, las propuestas han sido aprobadas en los Concejos Municipales, pero su promulgación sigue pendiente para que puedan entrar en vigencia, como ocurre también en Tarija. Un impedimento recurrente señalado por alcaldes y gobernadores para la aplicación de estas políticas es la escasez de recursos económicos. Por ello, las leyes municipales suelen enfocarse en el acceso a terapias, educación e inserción laboral, descartando la entrega de bonos o alimentos.
Un vacío sistémico crítico es la inexistencia de un registro nacional de huérfanos por feminicidio. Ha transcurrido más de una década desde la promulgación de la Ley 348, y aún no se ha