Un ciudadano boliviano ha formalizado una grave acusación contra veintinueve asambleístas departamentales de Tarija, señalando una presunta pérdida de su mandato debido a una prolongada inactividad y un considerable perjuicio económico al erario público, que se estima supera el millón de bolivianos. El denunciante ha expresado su preocupación por la aparente falta de acción por parte del Ministerio Público y de la propia Asamblea Legislativa Departamental ante sus reiteradas presentaciones.

La base de la denuncia radica en el artículo 157 de la Constitución Política del Estado y el artículo 18, inciso r, del reglamento interno de la Asamblea Departamental. Según el argumento esgrimido, los asambleístas en cuestión habrían cesado en sus funciones al no haber desempeñado labores durante un periodo de noventa días consecutivos a partir del mes de mayo, lo que, conforme a la normativa, implicaría la culminación de su mandato.

Como parte de las acciones legales emprendidas, se ha solicitado al oficial administrativo de la Asamblea una copia certificada de los salarios, sueldos y viáticos percibidos por estos veintinueve asambleístas entre mayo y agosto del año 2022. Esta información es fundamental para sustentar la estimación del daño económico, que el denunciante calcula en más de un millón de bolivianos. En un contexto de desafíos económicos, se ha subrayado la importancia de proteger los recursos de la región y evitar el aprovechamiento indebido de fondos públicos.

La primera formalización de esta denuncia se realizó en mayo de 2024, siendo ratificada por segunda vez el 26 de mayo de 2025. Ante la ausencia de una respuesta por parte de la Asamblea Legislativa, la acusación fue presentada nuevamente el 1 de julio de 2025. El ciudadano ha manifestado su intención de llevar el caso ante la Contraloría General del Estado y la Fiscalía, buscando una resolución conforme a derecho.

Los hechos denunciados han sido categorizados como incumplimiento de deberes y daño económico al Estado, delitos que se encuentran tipificados en la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz. Existe la expectativa de que el Órgano Judicial y el Ministerio Público actúen con celeridad y transparencia para salvaguardar los recursos de los ciudadanos de Tarija.

El denunciante ha enfatizado que las únicas vías formales para el ejercicio de las funciones de un asambleísta son las sesiones plenarias y el trabajo en comisiones. Sin embargo, se ha afirmado que las comisiones no han estado operativas, lo que, según la denuncia, invalida cualquier justificación para el cobro de emolumentos y viáticos durante el periodo de presunta inactividad. Esta situación pone en tela de juicio la gestión y la integridad de los representantes legislativos, demandando una pronta y clara respuesta de las autoridades competentes

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